PROCEDIMIENTO PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

Para facilitar el acceso a la información pública, el Gobierno del Ayuntamiento de Etzatlán Jalisco, pone a su disposición el Sistema de Solicitudes incorporado a la Plataforma Nacional de Transparencia, a través del cual, podrás realizar tu trámite vía Internet. (más información al pie de página)

Además, puedes realizar tu solicitud de información de manera física ante la Oficina de la Unidad de Transparencia, realizando los siguientes pasos:

Paso 1

Presentar solicitud (puede utilizar el formato de solicitud anexo si así lo desea), dirigiéndose en términos respetuosos, e indicando cuando menos:

a) Nombre del sujeto obligado a quien se dirige;

b) Nombre del solicitante y autorizados para recibir información (en su caso);

c) Domicilio, número de fax (en su caso), o correo electrónico para recibir notificaciones;

d) Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la misma, la sujeta a la posibilidad y disponibilidad que resuelva el sujeto obligado. 

(NOTA: De no cumplirse con la totalidad de los requisitos y formalidades señaladas por el artículo 79° de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, se emplazará al recurrente de conformidad a lo señalado por el artículo 82° numerales 2 y 3 de la Ley en comento, para que en un término de 2 días hábiles subsane los requisitos faltantes so pena de tenerla por no presentada. Así mismo, se le informa al recurrente que si entre los requisitos faltantes se encuentren aquellos que hagan imposible notificar al solicitante esta situación, el sujeto obligado queda eximido de cualquier responsabilidad hasta en tanto vuelva a comparecer el solicitante).

Paso 2

Presenta la solicitud ante la Unidad de Transparencia de este sujeto obligado del Ayuntamiento de Etzatlán, Jalisco de forma física y con acuse de recibido, o envía tu Solicitud de Acceso a la Información Pública a través de la siguiente dirección electrónica:

transparencia@etzatlan.gob.mx

transparenciaetzatlan@outlook.com 

Recuerda: El sujeto obligado debe sellarte y firmarte de recibido en la fecha de recepción de la solicitud. Conserva el acuse para cualquier trámite posterior.

Paso 3

La Unidad de Transparencia revisará que cumpla con los requisitos y resolverá sobre su admisión a los dos  días hábiles  siguiente a su presentación. En caso de que falte algún requisito, la Unidad de Transparencia te notificará dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, requisitos que deberán subsanarse a los dos días hábiles siguiente de la notificación por el solicitante.

Paso 4

La Unidad de Transparencia resolverá y notificará al solicitante dentro de los 8 días hábiles siguientes a la admisión de la solicitud, respecto a la existencia de la información y la procedencia de su acceso, Cuando se trate de expedientes médicos, se resolverá dentro de los 5 días hábiles siguientes a la admisión de aquella.

Paso 5

Si la información solicitada implica la reproducción de documentos, la Unidad de Transparencia te otorgará de forma gratuita las primeras veinte copias simples y en caso de exceder este número o requerir algún otro formato, te notificará el costo de recuperación de los materiales o medios en que se realice.

Una vez realizado el pago deberás presentar el comprobante en la Unidad de Transparencia para que te entregue la información.

Costo de recuperación por la reproducción de documentos de conformidad a la Ley de Ingresos para el Municipio de Etzatlán Jalisco -vigente-. Son los siguientes:

Artículo 98. IX. Por proporcionar información en documentos o elementos técnicos a solicitudes de información en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios: 

Cuando la información se proporcione en formatos distintos a los mencionados en los incisos anteriores, el cobro de los productos será el equivalente al precio de mercado que corresponda.

De conformidad a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, el sujeto obligado cumplirá, entre otras cosas, con lo siguiente:

1. Cuando la información solicitada se entregue en copias simples, las primeras 20 veinte no tendrán costo alguno para el solicitante;

2. En caso de que el solicitante proporcione el medio o soporte para recibir la información solicitada no se generará costo alguno, de igual manera, no se cobrará por consultar, efectuar anotaciones tomar fotos o vídeos;

3. La digitalización de información no tendrá costo alguno para el solicitante.

4. Los ajustes razonables que realice el sujeto obligado para el acceso a la información delos solicitantes con alguna discapacidad no tendrán costo alguno;

5. Los costos de envío estarán a cargo del solicitante de la información, por lo que deberá de notificar al sujeto obligado los servicios que ha contratado para proceder al envío respectivo, exceptuándose el envío mediante plataformas o medios digitales, incluido el correo electrónico respecto de los cuales de ninguna manera se cobrará el cobro al efectuarse a través de dichos medios.

Cuando la información se proporcione en formatos distintos a los mencionados en los incisos anteriores, el cobro de productos será el equivalente al precio de mercado que corresponda.

Realizar una Solicitud de Acceso a la Información Pública.

Sistema Plataforma Nacional de Transparencia del Gobierno Federal  (Clic aquí)

Por correo electrónico: transparencia@etzatlan.gob.mx  y transparenciaetzatlan@outlook.com

De forma presencial, en la Unidad de Transparencia, en las instalaciones del Palacio Municipal, ubicada, en domicilio Escobedo 320, con direccion a la sala de cabildo, con un horario de 08:00 am – 03:00 pm.

FORMATO DIGITAL PARA EJERCER DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (CLIC AQUÍ)

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